LA ANCIANIDAD NO TIENE DERECHOS
HUMANOS
La Declaración
Universal de los Derechos Humanos, fue firmada, aprobada y proclamada el 10 de
diciembre de 1948.
‘’ Todos los seres humanos nacen
libres e iguales en dignidad y derechos, y, dotados como están de razón y
conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros’’
Esto lo dice
el artículo primero; otros veintinueve artículos declaran hermosos derechos,
entre otros: no discriminación, libertad
y seguridad, igualdad ante la ley, libertad de pensamiento, libertad de
conciencia, seguridad social, alimentación, vestido, vivienda, protección entre
otros, no menos importantes.
Verdaderamente
hermosos, ¿No es cierto? Sin embargo, en República Dominicana nos hemos
demostrado incapaces de cumplir esta utopía, y por todas partes surgen
situaciones de graves violaciones a los derechos humanos de los adultos
mayores, quienes a pesar de tener serios problemas de salud y requerir de
tratamientos médicos y alimentación que preserven sus vidas tanto física como
mental viven sumergidos en el abandono, las necesidades y las precariedades.
PENSIONES, MUEREN ESPERÁNDOLA.
El empleado público común del Estado,
en República Dominicana después de pasar 20, 30, 40, 50 y hasta 60 años
trabajando, ya enfermo y deteriorado tanto física como mentalmente tiene que
vivir una odisea a la hora de buscar su pensión. En cuanto a recibir el dinero acumulado por los años trabajados, ya que se
les ponen todas las trabas y objeciones habidas y por haber por lo que tiene pasar años, años luchando y muchas
veces mueren y no llegan a recibir nada. . Y cuando tienen la suerte de que se les
apruebe dicha pensión, el pago mensual de la misma no les alcanza ni para sus necesidades mas básicas.
FONDOS DE PENSIONES EN REPÚBLICA DOMINICANA
Los fondos de pensiones en República
Dominicana ascienden a miles de millones de pesos y cada día creciendo más;
pues es muy aceptable el monto, ya que solo se le deposita y no se les saca,
para pagárselo a quienes ya se lo han ganado, a personas que han entregando
toda su juventud, su salud y sus fuerzas.
Es mi deber aclarar, que algunos reciben pensiones, como por ejemplo,
los que han sido presidentes del Estado, Diputados, Senadores, funcionarios y
todo el que gane del privilegio y la admiración del partido o gobierno que esté
gobernando; y claro que no tiene que tener ni dos años laborando para que sea
merecedor de una pensión millonaria.
LEY NO. 352-98 SOBRE PROTECCIÓN DE
LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ENVEJECIENTES
Esta ley tiene 16 años de ser
promulgada y nunca se ha cumplido, hace mención y establece todos y cada uno de los derechos que por ley debe
proteger a las personas mayores de 65 años.
Dicha ley parece la copia de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos, pero no ha pasado del papel a la práctica.
En Fundación Oneyda Cayetano no
perdemos las esperanzas de que algún día haya un gobierno sensible que respete
los derechos que debemos tener desde que estamos en el vientre hasta que nos
llegue la muerte. Que la ley no proteja solo por edad sino por derecho.
-Que los niños, niñas y adolescentes también
tengan derechos cuando sean ancianos
-Que las mujeres también tengan
derechos cuando sean ancianas.
-Que los hombres también tengan
derechos cuando sean ancianos.